domingo, 11 de marzo de 2007

TEMA 12

12. EL ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA.

El acceso a los cuerpos y escalas de funcionarios o a las categorías laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias se hace por la vía de procedimientos de oposición, concurso-oposición o concurso y, si procede, los cursos de formación o la fase de prueba que determine la convocatoria. A estos procedimientos se les conocen como Procesos Selectivos:

- En la selección por oposición, la persona opositora debe superar las pruebas que establezca la convocatoria.

- La selección por concurso-oposición consiste en la superación de las pruebas correspondientes y, si procede, del curso selectivo de formación, y también en la posesión previa, debidamente valorada, de determinadas condiciones de formación, de méritos o de experiencia.

- La selección por concurso, que es de carácter excepcional, consiste en la valoración de los méritos de los aspirantes, de acuerdo con el baremo incluido en la convocatoria.